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Guardar configuraciónIndependientemente de los derechos de administración, la parte solicitante del arbitraje, deberá pagar una cantidad fija de 120 euros, como derechos de apertura, registro y estudio del expediente. Los miembros de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja tendrán una bonificación del 50%.
En los arbitrajes de Derecho, se aplicará un incremento sobre estos derechos de administración del 20%. En los arbitrajes tramitados mediante el Procedimiento Oral previsto en el Capítulo VII del Reglamento se aplicará una disminución sobre estos derechos de administración del 20%.
En caso de que los árbitros fueran tres estas cantidades se incrementarán en un 50%, a repartir entre los árbitros, con un mínimo de 250 € a percibir por cada árbitro. En los arbitrajes de Derecho, se aplicará un incremento sobre estos honorarios del 20%. En los arbitrajes tramitados mediante el Procedimiento Oral previsto en el Capítulo VII del Reglamento se aplicará una disminución sobre los honorarios de los árbitros del 20%.